Código aprobado por el Consejo de Administración de Gaherproga S.L.U. 

La expansión, proceso de crecimiento, internacionalización y diversificación de Gaherproga S.L.U., hace que sea necesario haber creado este Código de Conducta.

Con ello se pretende establecer y regular una serie de principios compartidos que sirva de orientación en el día a día de todos sus empleados, clientes y proveedores, en todas las provincias y países donde estemos establecidos.

Estamos convencidos que la unificación de criterios le da un valor añadido al grupo y es importante para nuestro crecimiento.

Por tanto, este Código es de obligado cumplimiento para todos los empleados independientemente de su posición y función que desempeñe.

 

1.   Objeto

El Código de Conducta de Gaherproga S.L.U. tiene como objetivo establecer los valores que deben guiar el comportamiento de la empresa. También tiene como objetivo ayudar consolidar una conducta empresarial aceptada y respetada por todos sus empleados y directivos.

Esta cultura pretende orientar las relaciones entre empleados; las actuaciones de éstos con clientes, proveedores y colaboradores externos; y las relaciones con las instituciones públicas y privadas y con la sociedad en general.

El presente Código de Conducta se congura como punto de partida y afecta al conjunto de nuestra actividad. Nuestras actuaciones se basan en el respeto por los valores: la honestidad, la integridad, la transparencia y la seguridad.

Gaherproga vela porque todos sus proveedores, clientes y empresas o entidades colaboradoras adapten su comportamiento a pautas de actuación similares a las que se denen en este Código de Conducta. 

 

• Brindar unas buenas condiciones de trabajo, respetando los derechos laborales.

 • Cumplir y acatar las leyes nacionales e internacionales que sean de aplicación.

 Promover la sinceridad, la equidad, la veracidad, el cumplimiento de los compromisos, la libre competencia y la transparencia.

 • Innovar para desarrollar nuevas tecnologías que contribuyan a mejoras sociales y medioambientales.

 

 

2.   Pautas de conducta

 2.1. Respeto a la legalidad y a los valores éticos.

Gaherproga S.L.U. asume el compromiso de desarrollar sus actividades empresariales y profesionales de acuerdo con la legislación vigente en cada uno de los lugares donde se desarrollen.

Todos los empleados de la empresa deben cumplir las leyes vigentes en los lugares donde desarrollan su actividad y observar en todas sus actuaciones un comportamiento ético.

Asimismo, deben evitar cualquier conducta que, aún sin violar la ley, pueda perjudicar la reputación de la empresa y afectar de manera negativa a sus intereses.

Todos los empleados deben conocer las leyes que afecten a su trabajo, solicitando en su caso la información precisa a través de su superior o de las instancias que correspondan.

Todos los empleados que participen en el registro, elaboración, revisión o reporte de la información financiera deberán conocer y cumplir tanto la normativa legal como las normas y procedimientos de control interno que afecten al desarrollo de su trabajo con objeto de asegurar la fiabilidad de la información financiera que se emita.

Como consecuencia, los empleados deberán actuar, no sólo conforme a las leyes y normas tributarias que les sean de aplicación, sino de acuerdo con las normas y procedimientos de control interno que incluyen las buenas prácticas basadas en el principio de transparencia.

Ningún empleado colaborará conscientemente con terceros en la violación de ninguna ley, ni participará en ninguna actuación que comprometa el respeto al principio de legalidad.

 

2.2. Respeto a las personas.

GAHERPROGA S.L.U. rechaza y en su consecuencia prohíbe cualquier manifestación de acoso físico, psicológico, moral o de abuso de autoridad, así como cualquier otra conducta que pueda generar un entorno intimidatorio u ofensivo con los derechos de las personas.

Los empleados de la empresa deben tratarse con respeto, propiciando un entorno de trabajo agradable, saludable y seguro.

Todos los empleados tienen la obligación de tratar de forma justa y respetuosa a sus compañeros, a sus superiores y a sus subordinados. De la misma forma, las relaciones entre los empleados de Gaherproga S.L.U y los de las entidades colaboradoras estarán basadas en el respeto profesional y la colaboración.

Para Gaherproga S.L.U. es importante el desarrollo integral de la persona, por lo que facilitará el necesario equilibrio entre la vida profesional y la vida personal.

 

     2.3. Igualdad efectiva.

Gaherproga S.L.U. respeta y fomenta la diversidad de género, así como el desarrollo profesional y personal de todos sus empleados, asegurando la igualdad de oportunidades a través de sus políticas de actuación.

No acepta ningún tipo de discriminación en el ámbito profesional por motivos de edad, raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional, orientación sexual, origen social o discapacidad. La selección y promoción de los empleados se fundamenta en las competencias y el desempeño de sus funciones, así como en los criterios de mérito y capacidad denidos en los requisitos del puesto de trabajo, y el principio de diversidad.

Gaherproga S.L.U. fomenta la promoción y la movilidad internas como vías para retener el talento en la organización. Busca la estabilidad de los empleados, su desarrollo y su motivación. 

Todos los empleados deben participar de manera activa en los planes de formación que la empresa pibe a su disposición, implicándose en su propio desarrollo y comprometiéndose a mantener actualizados los conocimientos y competencias necesarias, con el n de propiciar su progreso profesional y aportar valor a todos nuestros grupos de interés: clientes, personas, proveedores, capital y sociedad.

Las personas que ejercen cargos de dirección o de mando deben actuar como facilitadores del desarrollo profesional de sus colaboradores.

Igualmente se promoverá el respeto a la igualdad real de oportunidades entre mujeres y hombres y evitando cualquier escenario de discriminación directa o indirecta.

 

2.4. Cooperación y dedicación.

Gaherproga S.L.U. propicia un entorno de cooperación y trabajo en equipo para un mejor aprovechamiento de todas las capacidades y recursos.

Todos los empleados deben actuar con espíritu de colaboración, poniendo a disposición de las demás unidades organizativas y personas que integran la empresa los conocimientos o recursos que puedan facilitar la consecución de los objetivos e intereses de la empresa.

Los empleados deben trabajar de forma eficiente durante la jornada laboral, rentabilizando el tiempo y los recursos que la empresa pone a su disposición.

 

2.5. Seguridad y salud en el trabajo.

Gaherproga S.L.U. promueve la adopción de políticas de seguridad y salud en el trabajo y adopta las medidas preventivas establecidas en la legislación vigente de cada país, proporcionando un ambiente de trabajo respetuoso con la salud y la dignidad de los empleados.

Todos los empleados de la empresa deben conocer y cumplir las normas de protección de la salud y seguridad en el trabajo y velar por la seguridad propia, de otros empleados, de clientes, proveedores, colaboradores y, en general, de todas las personas que pudieran verse afectadas por el desarrollo de sus actividades. 

 

2.6. Uso y protección de activos.

GAHERPROGA S.L.U. pone a disposición de sus empleados los recursos necesarios para el desempeño de su actividad profesional.

Todos los empleados deben utilizar los recursos de la empresa de forma responsable, y apropiada en el entorno de su actividad profesional. Asimismo, deben protegerlos y preservarlos de cualquier uso inadecuado del que pudieran derivarse perjuicios para los intereses de la empresa.

 

2.7. Imagen y reputación corporativa.

GAHERPROGA S.L.U. considera su imagen y reputación corporativa como uno de sus activos más valiosos para preservar la confianza de sus colaboradores, clientes, empleados, proveedores, autoridades y de la sociedad en general.

Igualmente, vigilaran el respeto y uso correcto y adecuado de la imagen y reputación corporativa por parte de los empleados de empresas contratistas y colaboradoras.

Los empleados han de ser especialmente cuidadosos en cualquier intervención pública, debiendo contar con la autorización necesaria para intervenir ante los medios de comunicación, participar en jornadas profesionales o seminarios, y en cualquier otro que pueda tener una difusión pública, siempre que aparezcan como empleados de la empresa.

 

2.8. Lealtad a la empresa y conictos de intereses.

GAHERPROGA S.L.U. considera  que la relación con sus empleados debe basarse en la lealtad que nace de unos intereses comunes. En este sentido, respeta la participación de sus empleados en otras actividades financieras o empresariales, siempre que sean legales y no entren en concurrencia desleal o colisión con sus responsabilidades como empleados de la empresa.

Ante situaciones en las que pueda existir alguna duda, el empleado deberá informar a la empresa a través de su superior jerárquico o de la Dirección, y evitar tomar una decisión de la que se pueda sospechar ha actuado en contra de los intereses de la empresa.

 

2.9 Medidas contra el soborno y la corrupción.

GAHERPROGA S.L.U., se declara contraria a influir sobre la voluntad de personas ajenas a la compañía para obtener algún beneficio mediante el uso de prácticas no éticas. Tampoco permitirá que otras personas o entidades puedan utilizar estas prácticas con sus empleados.

Los empleados de Gaherproga S.L.U. deben actuar conforme a las leyes que sean de aplicación y, en ningún caso, podrán recurrir ni tolerar sobornos de terceros hacia la Compañía, sus empleados o viceversa.

Los empleados de la empresa no podrán recibir, ofrecer, ni entregar de forma directa o indirecta, ningún pago en metálico, en especie o cualquier otro benecio, a cualquier persona al servicio de cualquier entidad, pública o privada, partido político o candidato para un cargo público, con la intención de obtener o mantener, ilícitamente, negocios u otras ventajas.

Las invitaciones a actos, eventos, etc. estarán dentro de las normas generales de austeridad que emanan de estas directrices sin que, en ningún caso, pueda interpretarse de forma distinta a lo que debe de ser: una muestra de atención a la/s persona/s que ha/n sido invitada/s.

 

2.10. Tratamiento de la información y del conocimiento.

GAHERPROGA S.L.U. considera la información y el conocimiento como uno de sus activos principales e imprescindibles para la gestión empresarial, por lo que deben ser objeto de una especial protección.

Los empleados deben transmitir toda la información que tengan que comunicar, tanto interna como externamente, de forma veraz, completa y en ningún caso proporcionarán, a sabiendas, información incorrecta o inexacta que pueda inducir a error a quien la recibe.

Todos los empleados que introduzcan cualquier tipo de información en los sistemas informáticos de la empresa deben  velar por que ésta sea rigurosa y fiable.

Todos los empleados deben guardar la más estricta confidencialidad sobre toda aquella información reservada a la que accedan como consecuencia del desempeño de su actividad profesional y deberán abstenerse de utilizarla indebidamente en beneficio propio o de terceros.

Ante cualquier duda sobre el carácter de la información, los empleados deben considerarla como reservada mientras no se les indique lo contrario.

Toda la información y el conocimiento que se genere en el ámbito de la empresa, es propiedad de Gaherproga S.L.U. en los términos referidos en la legislación vigente.

 

TODOS LOS EMPLEADOS DEBEN PONER EL MÁXIMO CUIDADO EN PRESERVAR LA IMAGEN Y REPUTACIÓN DE LA COMPAÑÍA EN TODAS SUS ACTIVIDADES PROFESIONALES

La empresa cumple la legislación vigente en materia de protección de datos, protegiendo los datos personales confiados por sus clientes, empleados, candidatos en procesos de selección u otras personas. Asimismo, se compromete a solicitar y a utilizar exclusivamente aquellos datos que fueran necesarios para la ecaz gestión de sus negocios.

Los equipos y sistemas informáticos de la empresa deben tener un uso exclusivamente profesional. No obstante, en aquellos supuestos en los que excepcionalmente se utilicen estos recursos para nes personales, su uso debe ser mínimo, razonable, adecuado y conforme al principio de buena fe contractual.

Los recursos de Tecnología de la Información y Comunicaciones que la empresa pone a disposición de sus empleados y directivos no pueden utilizarse para emitir en nombre del grupo opiniones personales o acceder con igual objetivo a foros o redes sociales, salvo consentimiento expreso a tal efecto.

Los equipos y sistemas informáticos de la empresa no pueden utilizarse para:

 • Almacenar o distribuir, ni visitar sitios de Internet con, material inapropiado que atente contra los derechos humanos a la intimidad, el honor, la propia imagen, la libertad religiosa; o contra la dignidad de las personas como racismo, xenofobia, apología de la violencia o del terrorismo, y material pornográco o de apología sexista.

 • Usar, introducir, descargar, copiar, transmitir, reproducir, distribuir o almacenar cualquier tipo de software, obra editada o invención protegida por la propiedad intelectual o industrial sin la correspondiente licencia o autorización.

 • Realizar o participar en envíos masivos de correos electrónicos con cadenas de mensajes, bromas, o imágenes inapropiadas.

 

2.11       Relaciones con los clientes.

GAHERPROGA S.L.U asume, lidera e impulsa el compromiso con la calidad, y actúa bajo las mejores prácticas nacionales e internacionales reconocidas y normalizadas, debiendo todos los empleados tener como objetivo la consecución de los más altos niveles de calidad y la excelencia en la prestación de los servicios, buscando el desarrollo a largo plazo de unas relaciones basadas en la confianza y en el respeto mutuo. 

2.12.    Relaciones con proveedores, acreedores y colaboradores.

Gaherproga S.L.U considera a sus contratistas, proveedores y empresas colaboradoras indispensables para la consecución de sus objetivos de crecimiento y mejora de la calidad de servicio, buscando establecer con ellos relaciones basadas en la confianza, el beneficio mutuo y el respeto a la libre competencia. La normativa de Compras de GAHERPROGA S.L.U garantiza  el cumplimiento efectivo de estos principios, mediante la inclusión de los Principios Éticos para Proveedores.

Gaherproga S.L.U, se compromete a poner en práctica sus principios y a trabajar activamente para trasladar a sus proveedores su compromiso con los principios y hacerlos partícipes de ellos para favorecer la cadena de adhesiones entre los mismos.

Gaherproga S.L.U, a través de su normativa interna, comprueba la solvencia profesional de aquellas personas físicas o jurídicas con las que van a entablarse relaciones comerciales de especial relevancia, con el n de evitar que las operaciones que se realizan con nuestra empresa sean utilizadas para el blanqueo de capitales.

Nuestros empleados prestarán especial atención a aquellos casos en los que pudieran existir indicios de falta de integridad de las personas o compañías con las que mantiene relaciones.

 

2.13.    Respeto al medio ambiente.

La preservación y el respeto al medio ambiente es uno de los pilares básicos de actuación de Gaherproga S.L.U. y garantiza, que se manifiesta en el cumplimiento de las mejores prácticas ambientales en todas sus actividades, a través de la prevención y minimización de los impactos ambientales adversos y la conservación de los recursos naturales. La empresa tiene un compromiso claro de fomentar iniciativas que buscan combatir el cambio climático y conservar la biodiversidad.

Gaherproga S.L.U. asume los principios expresados en la Política de Calidad y Medio Ambiente, actuando en todo momento de acuerdo con los criterios de respeto y sostenibilidad, adoptando hábitos y conductas relacionados con las buenas prácticas ambientales. Todo ello en respuesta a un requisito demandado por los accionistas y asumido como compromiso por la Dirección.

De acuerdo con esta estrategia, la empresa y todos sus empleados deben conocer y asumir dicha política y esforzarse en minimizar el impacto ambiental derivado de sus actividades y de la utilización de las instalaciones, equipos y medios de trabajo puestos a su disposición.

En sus relaciones con proveedores, contratistas y colaboradores, la empresa transmitirá estos principios y exigirá el cumplimiento de los procedimientos y requisitos ambientales que fueran aplicables en cada caso.

 

2.14.    Compromiso con la Sociedad.

GAHERPROGA S.L.U., entiende que debe contribuir activamente a mejorar el sistema socioeconómico de las comunidades en que actúa y asume como metas de su actividad los tres pilares básicos de la sostenibilidad: la generación de bienestar económico, la mejora ambiental y la responsabilidad ante la sociedad.

 

3. Aceptación y cumplimiento del Código.

Gaherproga S.L.U. comunicará y difundirá entre todos sus empleados, así como proveedores, contratistas y colaboradores, el contenido del presente Código de Conducta. Todos los empleados que se incorporen o pasen a formar parte de la empresa deberán aceptar los Valores y Principios y las normas de actuación establecidas en el mismo.

GAHERPROGA S.L.U. espera de todos sus administradores, directivos y empleados un alto nivel de compromiso en el cumplimiento de su Código de Conducta y podrán ser evaluados en función del cumplimiento de este Código. Su incumplimiento se juzgará de acuerdo con la normativa legal y los convenios vigentes. Nadie, independientemente de su nivel o posición, está autorizado para solicitar a un empleado que contravenga lo establecido en el presente Código. Ningún empleado puede justificar una conducta impropia amparándose en una orden superior o en el desconocimiento de este Código.

Los empleados deberán informar de cualquier incumplimiento o vulneración de las conductas recogidas en este documento a su superior jerárquico o a través del canal de denuncias implementado en la empresa. 

 

4. Confidencialidad de la información y protección de datos

Los empleados no utilizarán en su propio beneficio cualquier dato, información o documento obtenido durante el ejercicio de su actividad profesional. Tampoco comunicarán información a terceros, excepto cuando así lo requiera la compañía o cuando se dé autorización para ello.

La información de la empresa se considera confidencial. Para ello no deberán hacer duplicados y no se almacenará en dispositivos que la empresa no haya designado.

Una vez finalizada la relación contractual con la empresa seguirá la obligación de confidencialidad por parte del empleado y estará obligado a devolver cualquier material relacionado con la actividad de la empresa que obre en su poder al cese.

 

5. Vigencia

El Código de Conducta entra en vigor en el día de su publicación a todos los empleados y estará vigente en tanto no se apruebe su derogación. Se revisará y actualizará periódicamente teniendo en cuenta para ello las sugerencias y propuestas que realicen los empleados y los compromisos adquiridos por Gaherproga S.L.U.

                                                                       Palencia, 1 de marzo de 2.023